
Todas las empresas disponen de una ayuda económica para realizar formación que se hace efectiva de manera muy sencilla mediante bonificaciones a la Seguridad Social. En este espacio obtendrá toda la ayuda necesaria para poder beneficiarse de estas ayudas.
El sistema de bonificaciones se encuentra regulado por la Orden Ministerial TAS 2307/ 2007 de 27 de julio, que desarrolla parcialmente el R.D. 395/2007. Recoge el procedimiento a seguir para este tipo de ayudas.
Un asesor experto de nuestro departamento de formación bonificada a empresas, le ayudará a seleccionar la mejor formación especifica que pueda estar más indicada para cubrir objetivos inmediatos.
Nuestra sección administrativa es la encargada de realizar la formalicación de los documentos de inicio a fin, para asegurar su tranquilidad.
Total garantia de éxito de tramitación, altas y bajas de los trabajadores que impartiran curso, seguimiento del programa de formación, control de asistencia, entrega de materiales didácticos, y al finalizar la formación la entrega de diploma.
Una vez analizado y finalizado todo el proceso, revisando la cofinanciación de la empresa sin coste alguno, comunicamos del cierre y procedemos el trámite en los seguros sociales mediado con la gestoría.
RECUERDE. Si ese crédito no se utiliza se pierde y no es acumulable para años posteriores.
Pida saber su crédito formativo que dispone actualmente idependientemente de si lo a consumido o no, contacte con nosotros.
RECUERDE. Si el crédito no se utiliza se pierde y no es acumulable para años posteriores.